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Se desestimó un pedido de anulación de candidaturas testimoniales en la provincia: los motivos

Días atrás, la abogada Silvia Martínez hizo un pedido para que se impugnen candidaturas denominadas “testimoniales” para las próximas elecciones bonaerenses de medio término a desarrollarse en el próximo mes de septiembre.

En este sentido, desde la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires y con la firma de su presidente, Hilda Kogan, desestimaron este pedido alegando que “debe señalarse que la presentante no invoca ni acredita ningún tipo de legitimación para deducir las impugnaciones de marras y que además, contrariamente a lo manifestado por la misma, dicha impugnación es inoportuna, pues la ley, que ella misma cita, expresa que las impugnaciones deben deducirse una vez oficializadas las candidaturas, cosa que al momento no ha ocurrido”.

En el escrito, donde la Dra. Kogan es acompañada con las firmas de la vicepresidenta Ana María Bourimborde, y el vocal Eduardo Delbés, agregan que “cuando estamos hablando de restricción a derechos y sobre todo uno de los derechos políticos más importantes como es el de ser elegido, la restricción legal debe ser clara y expresa, no puede interpretarse analógicamente como así tampoco se puede intentar ver restricciones donde no existen pues se estaría ante el peligro de ejercer una restricción arbitraria de derechos, es decir, las restricciones a los derechos políticos deben ser analizadas bajo un prisma absolutamente estricto de interpretación”.

“En virtud de lo antedicho se debe señalar que no surge de la ley electoral provincial (ley 5.109), ni de la Constitución Provincial, Constitución Nacional o de los tratados internacionales que forman parte del bloque de legalidad, ningún elemento que permita a esta
Junta hacer lugar a las impugnaciones planteada” continúa explicando.

Al final de la resolución, cabe destacar la preocupación de la Junta Electoral Bonaerense, cuando se refiere a las candidaturas testimoniales: “En 2009, cuando esta Junta resolvió la cuestión de las candidaturas testimoniales expresó la necesidad de la regulación de la cuestión por vía legislativa. Que, si bien en dicha oportunidad este Organismo de la Constitución exhortó a los poderes del estado a resolver la cuestión, luego de 15 años, no hubo ningún tipo de regulación” expresa de manera textual.

Para finalizar, enuncia que “corresponde reiterar dicho pedido al Poder Legislativo Provincial a que regule el tema, haciéndole saber que esta Junta pone a disposición de la Honorable Legislatura de la Provincia, a sus equipos técnicos para asistir en lo que consideren corresponder, para obtener una regulación como tienen varios países”.

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