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Corte Suprema deja firme la orden para que el Gobierno informe y distribuya alimentos a comedores comunitarios

La Corte Suprema de Justicia rechazó por “inadmisible” la presentación del Estado Nacional que buscaba revertir una orden judicial clave: la elaboración y presentación de un plan de distribución de los alimentos almacenados en depósitos oficiales y destinados a comedores comunitarios de todo el país.

La decisión consolida un capítulo polémico que marcó los primeros meses de gestión del Ministerio de Capital Humano, en medio de denuncias, tensiones políticas y cruces mediáticos.

Un recurso contra la orden de distribuir alimentos

La presentación ante el máximo tribunal había sido impulsada por Leila Gianni, entonces subsecretaria Legal del Ministerio, con patrocinio del ex Procurador del Tesoro Rodolfo Barra. El objetivo era dejar sin efecto el fallo de los tribunales federales que había ordenado informar el stock de alimentos y su correspondiente cronograma de entrega.

El Gobierno argumentaba que se trataba de una “intromisión judicial” sobre facultades propias del Poder Ejecutivo.

Sin embargo, la Corte —con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— desestimó el planteo en cuestión de forma, aplicando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, lo que mantiene firme la obligación impuesta en instancias inferiores.

El origen del conflicto: alimentos almacenados y denuncias

El caso tomó relevancia pública tras la denuncia del dirigente social Juan Grabois, quien expuso que existían más de cinco millones de kilos de alimentos almacenados en los centros logísticos de Villa Martelli y Tafí Viejo, incluyendo productos próximos a vencer, como leche en polvo.

A partir de esos datos, la fiscal Paloma Ochoa reclamó medidas urgentes para que los alimentos fueran destinados a los comedores registrados. El juez federal Sebastián Casanello sostuvo que la administración del stock era potestad del Ejecutivo, pero ordenó —mediante una cautelar— la elaboración de un plan detallado de distribución en un plazo de 72 horas.

Cruces, audiencias tensas y sanciones

La tensión escaló cuando Gianni, en medios televisivos, afirmó que no permitiría que “ningún juez militante” condicionara la política del Gobierno. La posterior audiencia ante la Cámara Federal derivó en un enfrentamiento verbal entre las partes, al punto que el tribunal reclamó sanciones tanto para Gianni como para Grabois por el tono de sus intervenciones.

Finalmente, los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron la medida cautelar y criticaron la estrategia del Ministerio por insistir en la supuesta intromisión judicial mientras, paradójicamente, recurría a más instancias del mismo Poder Judicial.

Qué implica el fallo para el Gobierno

Con la desestimación del recurso, queda firme la orden de:

  • Informar el stock actualizado de alimentos almacenados en los depósitos de Villa Martelli y Tucumán.
  • Presentar un plan de distribución detallado según tipo de alimento, fechas de vencimiento y población destinataria.

La Cámara había remarcado que no se discutía una política de Estado, sino la posible actuación ilícita de funcionarios que habría agravado la situación de sectores vulnerables sin acceso garantizado a la alimentación.

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