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Reforma laboral: el Gobierno envió el proyecto final con cambios en vacaciones, despidos y salarios

El Gobierno de Javier Milei envió este jueves al Senado de la Nación el proyecto definitivo de reforma laboral, una iniciativa que atravesó intensas negociaciones durante semanas y que ahora inicia su camino parlamentario. El texto, elaborado en el marco del Consejo de Mayo, incorpora transformaciones profundas en el régimen de trabajo vigente y apunta a modernizar las relaciones laborales en sectores públicos y privados.

El oficialismo busca darle media sanción al proyecto antes del cierre del año. Ahora, la senadora y jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, impulsa un tratamiento acelerado para obtener media sanción en los próximos días.

A continuación, el detalle de los principales cambios.

Vacaciones: más flexibilidad y nuevas reglas de fraccionamiento

El proyecto redefine el régimen de vacaciones con un enfoque flexible.
Entre los puntos destacados:

  • Las vacaciones deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque empleadores y trabajadores pueden pactar fechas alternativas.
  • Se habilita el fraccionamiento en períodos no menores a siete días corridos.
  • Se garantiza que cada trabajador tenga vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.
  • En caso de enfermedad durante el descanso, se reprograman los días pendientes.

Despidos e indemnizaciones: fondos de cese y un esquema unificado

La reforma plantea una actualización del sistema indemnizatorio:

  • El despido sin causa se indemniza con un mes de salario por cada año trabajado, basado en la mejor remuneración mensual, normal y habitual.
  • Los empleadores podrán constituir fondos o seguros sectoriales de cese laboral para afrontar las indemnizaciones.
  • La compensación económica será la única reparación posible, sin reclamos civiles adicionales.
  • Se conservan los regímenes especiales por enfermedad, accidente o fallecimiento del trabajador.

Remuneraciones: digitalización, beneficios no remunerativos y salarios variables

El proyecto amplía y ordena la composición salarial:

  • Los beneficios sociales —comedor, guardería, reintegros médicos, útiles escolares, capacitaciones— quedan definidos como no remunerativos.
  • Se habilitan componentes salariales variables o fijos que no generan derechos adquiridos ni ultraactividad.
  • Todo salario debe pagarse por transferencia bancaria o medios electrónicos.
  • Los recibos de sueldo se digitalizan y pasan a tener validez plena, junto con certificados médicos y documentación laboral.

Ultraactividad y formalización: fin de la extensión automática y registro centralizado

La reforma introduce cambios sensibles en materia institucional:

  • Los nuevos componentes salariales variables no generan ultraactividad, incluso con uso prolongado.
  • Se establece un registro único ante ARCA como validación centralizada para la formalización laboral.
  • Ante omisiones de registración, se mantiene la presunción a favor del trabajador.
  • Se impulsa la trazabilidad de la relación laboral mediante recibos digitales y documentación electrónica.

Convenios colectivos: límites, topes y facultades ampliadas

El texto redefine el alcance de los CCT:

  • Solo rigen dentro de su ámbito directo, sin aplicación analógica.
  • Los convenios pueden fijar topes para personal part-time y establecer jornadas por promedios.
  • También podrán reemplazar el régimen de indemnización tradicional por fondos sectoriales de cese laboral.

Procedimientos judiciales: nuevos intereses y límites a honorarios

El capítulo judicial introduce ajustes significativos:

  • Los créditos laborales se actualizarán por IPC + 3% anual, sin anatocismo salvo mora post sentencia firme.
  • Para juicios en trámite, rige el interés moratorio del BCRA, con topes.
  • Los honorarios no podrán superar el 25% del monto de sentencia, y el pacto de cuota litis se limita al 20%.
  • Los jueces deberán informar a ARCA cuando detecten empleo no registrado.

Prácticas sindicales: deducciones limitadas y cambios en la tutela

El proyecto incorpora regulaciones sobre la actividad gremial:

  • Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos con tutela sindical.
  • Las deducciones automáticas a favor de sindicatos requerirán consentimiento expreso, salvo casos previstos en leyes o convenios signatarios.
  • Las conciliaciones y acuerdos deberán tener intervención judicial o administrativa.
  • Se regulan asambleas y créditos horarios, limitados ahora a 10 horas mensuales por delegado.

Trabajo digital y plataformas: registro obligatorio y derechos para repartidores

La reforma incorpora un capítulo específico para plataformas tecnológicas:

  • Se crea un Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías.
  • Los repartidores deberán registrarse en ARCA, declarar una cuenta bancaria y contar con cobertura social.
  • Tendrán derecho a rechazar pedidos, conocer los motivos de bloqueos y recibir el 100% de las propinas.

Trabajo doméstico y agrario: períodos de prueba extendidos

El proyecto también redefine marcos especiales:

  • Casas particulares: período de prueba de seis meses, recibos electrónicos y constancia bancaria como prueba suficiente.
  • Trabajo agrario: contrato permanente con período de prueba de ocho meses, finalizable sin causa y sin indemnización, con aviso de 15 días.

Fondos de Asistencia Laboral

Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con un aporte patronal del 3% de la remuneración computable, destinados a cubrir despidos en el sector privado.

Qué viene ahora

El proyecto ya está en el Senado y podría obtener media sanción en los próximos días si prospera el cronograma acelerado que propone el oficialismo. Su tratamiento en la Cámara de Diputados quedará para 2026.

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