El ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Tapia, anunció este martes que presentará a título personal un pedido de jury contra la jueza Laura Beatriz De Marinis, quien declaró inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso concreto y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo. El funcionario cuestionó la resolución y sostuvo que será el Consejo de la Magistratura porteño el que deberá analizar la actuación de la magistrada.
Tapia cuestionó el fallo y adelantó el pedido de jury
A través de una publicación en X, Tapia anticipó su decisión y sostuvo que “CABA no va a tener una Justicia garantista”. En el mismo mensaje afirmó que “un menor de 14 años que roba es un delincuente, y en la Ciudad el delito tiene consecuencias”.
Luego, en declaraciones radiales, precisó el alcance de su iniciativa: “Yo voy a estar presentando a título personal el pedido de jury a esta jueza para que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad analice e interprete, porque ese es el tipo de procedimiento, si esta jueza cumplió o no con su tarea”.
El ministro también cuestionó el contenido de la resolución y expresó: “Estamos indignados. Este tipo de fallos te ponen en crisis todo un trabajo que se viene haciendo, que se hizo en el Congreso Nacional, que bajó la edad de imputabilidad para que aquel que no cumple la ley tenga sus consecuencias”.
Tapia objetó además que De Marinis haya analizado la constitucionalidad de una norma sancionada por el Congreso. “Los jueces no están para interpretar la ley, porque para eso están los legisladores”, afirmó, y consideró que el pronunciamiento “ningunea inclusive un debate que se dio en el Congreso” y resulta “atacable por donde se lo mire”.
El fallo de De Marinis alcanza a un solo caso
La controversia se originó en una resolución de la titular del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 de la Ciudad, Laura De Marinis. La magistrada declaró inconstitucional, para ese expediente, la aplicación del artículo 1 de la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años identificado como M.I.A., investigado por una tentativa de robo.
La Ley 27.801 establece un régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18, cuando sean imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes especiales. La norma fue reglamentada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 875/2026.
De Marinis consideró que aplicar la nueva regla al adolescente implicaba una respuesta regresiva respecto de derechos reconocidos por tratados internacionales con jerarquía constitucional. La decisión no anuló ni suspendió la vigencia general de la ley en la Ciudad, sino que tuvo efectos sobre el expediente analizado.
Sobre este punto, Tapia remarcó: “Es un fallo de primera instancia que se aplica primero y principal a este único caso. O sea que la ley está vigente en la Ciudad”.




