La Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (Cadam) expresó su malestar frente al Decreto 612/2026, al considerar que la reglamentación del Poder Ejecutivo termina desdibujando uno de los puntos centrales de la reforma laboral que impulsó el Gobierno. La entidad, que representa al sector mayorista, remarcó que sigue respaldando el rumbo económico general y el ordenamiento de las cuentas públicas, pero cuestionó de manera puntual esta reglamentación.
El reclamo empresario apunta a que el nuevo texto contradice el espíritu original de la iniciativa que había promovido el ministro Federico Sturzenegger, cuyo objetivo era eliminar la obligación de las compañías de sostener económicamente a estructuras gremiales o cámaras con las que no tienen ningún vínculo. Según explicaron desde Cadam, ese esquema se traduce hoy en aportes forzosos al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio, que superan los 30.000 millones de pesos anuales, independientemente de que los empleados reciban o no algún tipo de formación.
Desde la cámara plantearon que existe una diferencia central entre una empresa que elige asociarse por voluntad propia a una institución que representa sus intereses, y una compañía a la que se le impone una contribución fijada en una negociación colectiva de la que nunca formó parte. Esa distinción, sostienen, es justamente lo que la reforma original buscaba garantizar y lo que ahora quedó diluido.
El proyecto impulsado inicialmente por la Casa Rosada preveía que los aportes patronales especiales previstos en los convenios colectivos fueran estrictamente voluntarios. Sin embargo, la versión final que se plasmó en el decreto reemplazó esa libertad por un tope del 0,5% sobre las remuneraciones, que ahora se canaliza hacia fines sociales y asistenciales para los trabajadores, aunque sin eliminar el carácter obligatorio de la carga.
Para los empresarios mayoristas, la contradicción es evidente: si la meta declarada era terminar con costos laborales que no surgen de una decisión libre de las firmas, no tiene sentido que, después de aprobada la ley, se reintroduzca por la vía reglamentaria un mecanismo que reproduce exactamente ese problema.





