El Ministerio de Economía oficializó este jueves la prórroga y ampliación del estado de emergencia y desastre agropecuario en múltiples partidos de la provincia de Buenos Aires afectados por las inundaciones. La medida, publicada en la Resolución 1974/2025, extiende los beneficios hasta el 28 de febrero de 2026, luego de que la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios analizara el panorama provincial y avalara la solicitud.
La decisión llega en un contexto crítico para productores de la región, que enfrentan serias pérdidas productivas tras meses de excesos hídricos.
Qué zonas fueron alcanzadas por la prórroga
Según la resolución, se prorrogó la emergencia y/o desastre declarada previamente para:
- 25 de Mayo: circunscripciones II, III, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII.
- Saladillo: circunscripciones III, IV, V, VI, VII, VIII y IX.
Estas áreas ya estaban bajo emergencia desde mayo, pero la provincia solicitó extender el plazo debido a la persistencia del anegamiento.
Además, el Ministerio declaró la emergencia para nuevos sectores gravemente afectados:
- Bragado: circunscripciones V, VI y VII.
- 25 de Mayo: circunscripciones IV, V y VI.
- Lincoln: circunscripciones II a XV (excepto XIII).
- Saladillo: circunscripciones I y II.
- General Belgrano: circunscripciones I a VII.
- Azul: circunscripciones X a XXI.
- Pila: circunscripciones II a VII.
- Bolívar: circunscripción VI.
En todos los casos, el período reconocido va del 1 de septiembre de 2025 al 28 de febrero de 2026.
Cómo acceden los productores a los beneficios
Para poder acogerse a los alivios fiscales y financieros, los productores deberán:
- Solicitar un certificado oficial emitido por la autoridad competente de la provincia, que acredite que el predio se encuentra dentro de las áreas afectadas.
- Esperar a que la provincia envíe el listado oficial de productores a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional.
- Gestionar ante bancos nacionales y organismos de recaudación los beneficios previstos por la ley, como:
- prórrogas de vencimientos,
- suspensión de juicios por cobro,
- acceso a créditos especiales.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y las entidades bancarias deberán instrumentar los mecanismos necesarios para aplicar los beneficios.





