El Gobierno de Javier Milei oficializó este viernes la flexibilización del crédito bancario en dólares para empresas radicadas en la Argentina que no generan divisas, mediante el DNU 736/2026 publicado en el Boletín Oficial, con el objetivo de canalizar parte de los depósitos en moneda extranjera hacia la inversión productiva, el financiamiento privado y la actividad económica. La medida modifica el artículo 23 del Decreto 905/2002 y permite que los bancos destinen hasta el 15% de sus depósitos en dólares a financiar a personas jurídicas, incluso aquellas cuyos ingresos están denominados en pesos.
El cambio apunta a modificar una restricción vigente desde la crisis de 2001, cuando la normativa había limitado los préstamos en moneda extranjera a empresas con ingresos vinculados, directa o indirectamente, al comercio exterior.
Ahora, el nuevo esquema amplía los posibles destinatarios del financiamiento, aunque mantiene condiciones prudenciales específicas fijadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La medida no alcanza a las personas humanas. El nuevo régimen está dirigido exclusivamente a empresas y otras personas jurídicas radicadas en el país.
El ministro de Economía, Luis Caputo, defendió la decisión y destacó el impacto que podría tener sobre el costo del financiamiento y el empleo.
“Va a bajar las tasas, va a generar empleo y va a ayudar a reactivar la economía”, afirmó el funcionario.
Además, Caputo explicó que las empresas que reciban estos créditos deberán liquidar las divisas en el mercado oficial de cambios para convertirlas a pesos.
Por qué el Gobierno habilitó los créditos en dólares
El Ejecutivo fundamentó el cambio en la existencia de una importante diferencia entre el volumen de dólares depositados en los bancos y el monto de préstamos otorgados en moneda extranjera.
Según los datos incluidos en el DNU, al 30 de junio de 2026 los depósitos en dólares del sector privado en el sistema financiero local alcanzaban los USD 39.336 millones, mientras que los préstamos en moneda extranjera al sector privado sumaban USD 23.716 millones.
El decreto sostiene que una parte relevante de esos recursos permanece sin utilizar y advierte que “una proporción considerable de los depósitos por encima de los requisitos legales se encuentran ociosos”, ya sea en efectivo o colocados con rendimientos bajos o nulos.
En ese contexto, el Gobierno considera que existe margen para utilizar una parte de esa liquidez como fuente de financiamiento para la actividad privada.
El diagnóstico oficial también apunta al desempeño de la economía argentina durante los últimos años. El DNU señala que entre 2012 y 2023 la tasa de inversión a precios corrientes fue del 16%, mientras que el crecimiento promedio anual del Producto Bruto Interno fue inferior al 0,1%.
El texto agrega que el PIB se contrajo durante siete de los doce años analizados y que el producto por habitante acumuló una caída superior al 10%.
Con la nueva normativa, el Gobierno busca que una parte de los dólares que actualmente permanecen dentro del sistema financiero pueda transformarse en crédito para inversiones, capital de trabajo y proyectos empresariales, especialmente en sectores que hasta ahora tenían dificultades para acceder a financiamiento de largo plazo en moneda local.
El Palacio de Hacienda estima que el nuevo esquema podría generar entre USD 6.000 millones y USD 10.000 millones de crédito adicional.
A su vez, el Gobierno sostiene que la flexibilización se produce en un contexto de mayor disponibilidad de divisas. El DNU destaca las compras realizadas por el BCRA durante los primeros siete meses de 2026, que alcanzaron los USD 13.300 millones, por encima del objetivo de USD 10.000 millones establecido para todo el año.
La nueva normativa también se vincula con el programa acordado con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y con el fortalecimiento de las reservas internacionales que, según el Ejecutivo, permitió generar las condiciones para avanzar con una utilización más amplia de los depósitos en moneda extranjera.
Qué límites tendrán los bancos y qué riesgo deberán controlar
La flexibilización no supone una liberación irrestricta del crédito en dólares. El propio DNU establece que el nuevo esquema quedará sujeto a las regulaciones prudenciales que dicte el Banco Central.
En ese sentido, el organismo estableció que los préstamos otorgados a empresas que no cuentan con ingresos vinculados al comercio exterior podrán representar, en conjunto, hasta el 15% de los depósitos en moneda extranjera de cada banco.
Además, las entidades deberán aplicar un tratamiento de riesgo más exigente.
Los créditos alcanzados por el nuevo régimen tendrán un requerimiento de capital equivalente al 125% del que corresponde a financiaciones comparables. También computarán 1,25 veces su exposición a la hora de calcular los límites de concentración y exposición crediticia.
El BCRA también exigirá a los bancos que analicen la capacidad de repago de las empresas frente a distintos escenarios de variación del tipo de cambio.
Este punto resulta central porque una empresa que obtiene ingresos principalmente en pesos y toma una deuda en dólares queda expuesta a un eventual salto cambiario. Por eso, el nuevo esquema busca evitar que la ampliación del crédito genere un descalce de monedas que termine afectando tanto a las compañías como al sistema financiero.
El Banco Central explicó que estas condiciones apuntan a “reforzar la cobertura de los riesgos asumidos por las entidades financieras” y a establecer límites de exposición más estrictos para este tipo de operaciones.
A partir de la modificación, los fondos provenientes de los depósitos en moneda extranjera podrán destinarse no solo a prestatarios con ingresos provenientes del comercio exterior, sino también a “otras personas jurídicas”, de acuerdo con la normativa que establezca el BCRA.




