La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anuló las elecciones nacionales de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), desplazó de su cargo al secretario general Abel Furlán e intervino judicialmente el gremio por 180 días, según anticipa el portal Mundo Gremial. El fallo fue dictado este jueves por la Sala VIII del tribunal laboral tras una denuncia presentada por la Lista Naranja de la seccional Campana, que cuestionó las elecciones desarrolladas entre el 2 y el 4 de marzo de 2026 por presuntas irregularidades en el proceso electoral.
La resolución judicial también declaró nulos los comicios de la seccional Campana y ordenó el “cese inmediato” de toda la conducción nacional y local del sindicato metalúrgico, uno de los más importantes del país.
Los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González concluyeron que el proceso “no garantizó una elección confiable, segura ni transparente” y sostuvieron que se vulneraron principios de democracia y libertad sindical contemplados en la Constitución Nacional y en el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El fallo cuestionó la custodia de las urnas y la transparencia electoral
La sentencia puso el foco principalmente en el mecanismo utilizado para custodiar las urnas durante los tres días que duró la votación en Campana. Según detalló la Cámara, las urnas permanecieron bajo control exclusivo de la Junta Electoral dentro de la sede sindical y sin escrutinios diarios que garantizaran transparencia.
Los magistrados consideraron además que no existieron controles suficientes para preservar la inviolabilidad de los votos y cuestionaron duramente que se les pidiera a fiscales opositores permanecer dentro del sindicato durante las noches para vigilar las urnas.
El fallo calificó esa situación como “inaceptable e irrazonable”.
En ese contexto, la Justicia declaró la nulidad de las autoridades electas en Campana y de los representantes que luego integraron el Colegio Electoral encargado de elegir a la conducción nacional de la UOM.
“Si el Colegio Electoral se encontró deficientemente conformado nunca pudo haber elegido válidamente al Secretario General Nacional”, señalaron los jueces en la resolución.
Intervención judicial y nuevas elecciones en la UOM
Como consecuencia directa del fallo, la Cámara ordenó el desplazamiento de Abel Furlán y de toda la conducción nacional del gremio metalúrgico. También dejó sin efecto las designaciones realizadas por las autoridades electas tras esos comicios.
La Justicia sostuvo además que la UOM quedó “acéfala”, debido a que los mandatos anteriores habían vencido el pasado 22 de marzo y las nuevas autoridades quedaron invalidadas tras la sentencia.
Ante este escenario, el tribunal resolvió intervenir judicialmente el sindicato tanto a nivel nacional como en la seccional Campana y designó como interventor al abogado Alberto Biglieri, quien tendrá la responsabilidad de convocar a nuevas elecciones en un plazo máximo de 180 días.
Otro de los puntos destacados del fallo fue que la Cámara recordó que ya había dictado previamente una medida cautelar suspendiendo la elección nacional del 18 de marzo, pero aun así la UOM avanzó con el proceso electoral.
La sentencia también marcó un antecedente relevante para el sindicalismo argentino al remarcar que, tras la eliminación de la intervención administrativa previa en conflictos electorales sindicales establecida por el decreto 342/2025, el Poder Judicial pasó a tener un rol central en el control de legalidad de las elecciones gremiales.




