La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por inadmisible el recurso presentado por la defensa de C.M.A. y dejó firme la declaración de responsabilidad penal por lesiones gravísimas del adolescente que en noviembre de 2021 golpeó al playero Arturo López en una cochera de Monserrat. El máximo tribunal, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no modificó la situación vinculada con el monto de la pena, que continúa bajo análisis de la Justicia porteña.
El hecho ocurrió el 19 de noviembre de 2021, cuando el entonces joven de 17 años discutió con López por un rayón en un automóvil BMW estacionado en una cochera de Moreno al 800. Durante la discusión, le dio un golpe de puño que provocó su caída y pérdida de conocimiento.
Como consecuencia de la agresión, López sufrió graves daños neurológicos y permaneció internado durante aproximadamente un año y medio. Después del ataque, C.M.A. permaneció prófugo durante cinco meses y finalmente se presentó ante la Justicia el 29 de abril de 2022.
Qué resolvió la Corte Suprema
El adolescente fue juzgado bajo el régimen establecido por la Ley 22.278, que regula el sistema penal aplicable a menores. En noviembre de 2022 fue declarado responsable por “lesiones gravísimas”, decisión que posteriormente fue revisada y confirmada en distintas instancias hasta llegar al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
La defensa llevó entonces el planteo ante la Corte Suprema, que finalmente lo rechazó mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. De esta manera, quedó firme la declaración de responsabilidad penal.
La resolución del máximo tribunal no estableció una nueva condena ni definió la pena, sino que confirmó el aspecto de la responsabilidad que había sido cuestionado por la defensa.
La pena todavía está en discusión
La situación vinculada con la sanción tuvo distintos capítulos. En septiembre de 2023, el juez Alejandro Villanueva había impuesto una pena de 4 años y 6 meses de prisión efectiva, mientras el joven se encontraba bajo prisión domiciliaria y con tobillera electrónica.
Dos meses después, la jueza Laura de Marinis, del Juzgado Penal Juvenil N° 3 porteño, dispuso su liberación bajo monitoreo electrónico y con prohibición de salir de la Ciudad de Buenos Aires.
Posteriormente, la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires consideró que la condena era “excesiva” y estableció que debía dictarse una nueva sentencia en suspenso.
Ese aspecto continúa siendo discutido en los tribunales porteños y no fue objeto de análisis por parte de la Corte Suprema. La decisión conocida ahora, por lo tanto, deja firme la responsabilidad penal por el ataque, mientras permanece abierta la discusión sobre cuál será finalmente la pena que deberá cumplir.





