La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resolvió este 27 de Marzo de 2026 revocar parcialmente la sentencia contra Argentina por la expropiación de YPF, iniciada en 2015, en un fallo clave que beneficia al país tras una condena en primera instancia por más de US$16.000 millones; la decisión también confirmó la exculpación de la petrolera y reenvió el caso para nuevos procedimientos.
Un giro clave en un juicio millonario
El fallo representa un cambio sustancial respecto de la sentencia dictada en 2023 por la jueza Loretta Preska, quien había determinado que el Estado argentino debía indemnizar a accionistas minoritarios por no haber realizado una oferta pública de adquisición tras la estatización de 2012.
Ahora, el tribunal estadounidense consideró que esos reclamos no tienen sustento bajo el derecho argentino. En ese sentido, los jueces sostuvieron que “las reclamaciones por daños derivados del incumplimiento de contrato contra la República no son reconocibles conforme al derecho argentino”, lo que implica la revocación del fallo central.
Además, la Cámara ratificó la decisión de primera instancia que había desligado de responsabilidad a la compañía: “confirmamos la desestimación de las reclamaciones contra YPF”, indicaron en la resolución.
El fallo no cierra definitivamente el caso, ya que fue remitido a instancias inferiores para continuar el proceso, aunque marca un precedente favorable para la Argentina.
El gobierno Argentino salió a celebrar en pleno el fallo. Desde el presidente hasta los ministros. Milei dijo: “*GANAMOS EL JUICIO DE YPF* La Cámara acaba de revocar totalmente la condena contra la Argentina: el mejor escenario posible (y con menos del 15% de probabilidades de ocurrencia). Esto implica que Argentina no debe pagar NADA de los aproximadamente hoy USD 18MIL MILLONES (un poco mas de lo que fue el prestamos del FMI en 2024). Es histórico, impensado, el mayor logro jurídico de la historia nacional. TMAP!”
El titular de economía Luis Caputo dijo: “TREMENDA NOTICIA!! Innumerable cantidad de lobistas vinieron a buscar un settlement y jamás les dimos cabida!! Tremendo trabajo del equipo legal!! Felicitaciones a todos!!”.
Los argumentos que definieron la decisión
El tribunal basó su resolución en dos puntos centrales que resultaron determinantes para revertir la condena.
Por un lado, interpretó que el estatuto de YPF no puede considerarse un contrato plurilateral que obligue al Estado en los términos planteados por los demandantes. Por otro, estableció la primacía de la ley de expropiación por sobre las normas societarias de la empresa.
En ese marco, la Cámara concluyó que “las restantes reclamaciones carecen de fundamento”, debilitando el planteo de los fondos demandantes.
El caso, sin embargo, aún podría escalar a la Corte Suprema de Estados Unidos, aunque especialistas consideran poco probable que el máximo tribunal tome intervención.





