El titular de la Oficina Anticorrupción, Alejandro Melik, en lo que pudiera ser un nuevo escándalo, resolvió que “según las medidas producidas y constancias agregadas en estas actuaciones, el señor Presidente de la Nación, Dr. Javier Gerardo MILEI, no infringió la Ley Nº 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública -artículo 2º incisos a), g) e i)- por la difusión del proyecto privado “Viva la Libertad Project”, efectuada el 14 de febrero de 2025 a través de su cuenta personal en la red social “X” @JMilei”.
Para el funcionario, la cuenta que usa Milei es privada, desconociendo entre otras cosas, que el presidente nunca deja de ejercer su función, ya que posee información que ningún otro ciudadano dispone.
La resolución, argumenta que “al respecto vale destacar, por un lado, que su cuenta personal fue creada mucho antes de que fuera electo Presidente de la Nación, e incluso antes de iniciado su previo mandato como diputado. Y por otro lado, que allí se presenta como “economista” y no como funcionario público”.
Y añade el informe: “Que si bien en dicha cuenta, entre otra información, alude a políticas públicas o decisiones de su gestión de gobierno, lo hace en forma no institucional, resultando una plataforma de expresión política y personal sobre su propio espacio y sobre terceros”.
Melik, argumenta que “no se pueden soslayar las notables diferencias, tanto en la forma, como en el contenido, entre las publicaciones de las cuentas oficiales de la Presidencia de la Nación y la cuenta personal del Dr. Javier MILEI. En efecto, en las cuentas de la Presidencia de la Nación se publica información sobre las actividades oficiales del Presidente, actos de gobierno y logros de gestión, utilizando un estilo de comunicación mayormente formal y objetivo”.
La Oficina Anticorrupción, añade que, en su cuenta personal, “publica información de diversa índole; no hay anuncios directos sobre sus decisiones de gestión o actos de gobierno sino normalmente a través de reposteos de cuentas de terceros, algunas veces de usuarios institucionales y otras veces de cuentas personales de otros funcionarios públicos, así como también de personas ajenas al Estado Nacional”, y también que “en sus posteos originales, utiliza un estilo de comunicación mayormente adjetivado, sin distinción entre las publicaciones previas y posteriores a asumir su mandato presidencial”.
En los motivos, finalmente dice que “de la simple lectura del mensaje publicado, no se advierte que ese posteo haya tenido pretensión de constituir el ejercicio de un acto de autoridad, sino que se limitó a difundir un proyecto afín a sus ideas económicas y políticas. Que la posterior repercusión pública del posteo, no lo convierte en un acto de gobierno, ni activa automáticamente las normas de responsabilidad ética derivadas del ejercicio del cargo”.
Por todo esto, el titular de la Oficina Anticorrupción dice “que por lo expuesto, cabe encuadrar la difusión del proyecto “Viva la Libertad Project” y su criptoactivo asociado “$LIBRA”, como una actividad personal (no oficial) del Presidente de la Nación. O dicho de otro modo, como una actividad privada realizada por el ciudadano Javier Gerardo MILEI, quien actualmente se halla en ejercicio del cargo de Presidente de la Nación”.
Y cierra diciendo: “Que, en suma, dicho posteo, no conectado con actos administrativos, sin asignación de recursos públicos, ni acompañamiento institucional, debe interpretarse como un acto de comunicación individual o privada que no ha generado un direccionamiento oficial de políticas públicas de ninguna naturaleza”.





