El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializó este jueves, mediante la Resolución 711/2025 publicada en el Boletín Oficial, una serie de modificaciones en las estrategias de vacunación contra la fiebre aftosa que regirán en todo el país a partir de este año y que tendrán nuevas disposiciones desde 2026.
La medida, firmada por la presidenta del organismo, establece la actualización de los períodos, modalidades y alcances de la vacunación obligatoria para bovinos y bubalinos, en el marco del programa nacional que busca mantener el estatus sanitario de la Argentina como zona libre de fiebre aftosa con vacunación.
Campañas 2025
Para la campaña de este año, los períodos de vacunación no deberán superar los 60 días corridos desde su inicio. En algunos distritos, contemplados en un anexo específico, se amplía el plazo hasta 90 días por razones operativas y productivas.
Asimismo, se fija la obligatoriedad de documentar todos los actos de vacunación mediante el Acta de Vacunación Única, con carga digital en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA). El registro deberá completarse en un máximo de siete días corridos.
El Senasa también estableció que, una vez iniciado un acto vacunal en una unidad productiva, no podrán realizarse movimientos de egreso de animales hasta que finalice la inmunización y se registren las actas correspondientes, con excepción de aquellos traslados con destino a faena inmediata.
Cambios desde 2026
La resolución introduce un nuevo esquema para el año próximo:
- Las campañas de vacunación que incluyen a todas las categorías deberán completarse en un plazo máximo de 60 días.
- Las campañas destinadas solo a terneros y terneras tendrán un plazo más corto, de 30 días corridos.
Además, los establecimientos de engorde a corral y las guacheras comunitarias podrán optar por estrategias de vacunación diferenciadas, basadas en esquemas estratégicos en lugar de campañas sistemáticas.
Control y sanciones
El organismo remarcó que el cumplimiento de estas disposiciones será fiscalizado estrictamente y que las infracciones estarán sujetas a las sanciones previstas en la Ley 27.233 de Sanidad Animal y su normativa reglamentaria.
Según el Senasa, la vacunación sistemática de bovinos y bubalinos sigue siendo una de las herramientas clave para garantizar la protección del rodeo nacional y sostener las exportaciones en mercados que exigen altos estándares sanitarios.
La última ocurrencia de fiebre aftosa en la Argentina se registró en 2006. Desde entonces, el país mantiene su estatus reconocido internacionalmente como zona libre con vacunación, condición que las nuevas estrategias buscan consolidar.





