La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves un nuevo intento de la defensa de Julio De Vido para anular la condena a cuatro años de prisión que el máximo tribunal había dejado firme hace tres semanas en la causa por la tragedia de Once, el accidente ferroviario del 22 de febrero de 2012 que dejó 51 muertos y más de 700 heridos.
Con esta decisión, el ex ministro de Planificación kirchnerista quedó sin más herramientas judiciales para evitar la ejecución de su pena.
Un recurso excepcional que la Corte descartó de plano
Tras el fallo del 11 de noviembre, que confirmó su responsabilidad por administración fraudulenta, la defensa de De Vido presentó un recurso de reposición o revocatoria in extremis. Los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro argumentaron que existía un “error grave” que derivaría en la ejecución de una pena que —según ellos— estaba prescripta.
Sin embargo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron el planteo con un fundamento contundente: las sentencias de la Corte no se revisan por la vía utilizada, salvo casos de error manifiesto, algo que —según señalaron— “no se configura en autos”.
El mensaje fue claro: la sentencia sigue vigente y la orden de detención del Tribunal Oral Federal 4 también.
Cómo llegó De Vido a esta condena
El recorrido judicial del caso es extenso y tuvo múltiples etapas desde la tragedia ocurrida en la estación de Once.
Condenas iniciales (2015)
En diciembre de 2015, el TOF 2 condenó al maquinista Marcos Córdoba, a los ex directivos de TBA y a los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi. El tribunal concluyó que el choque se produjo por el mal estado de mantenimiento del tren, pese a los millonarios fondos que el Estado transfería a la empresa concesionaria.
En esos fundamentos, los jueces ordenaron investigar el rol del entonces ministro de Planificación.
El juicio a De Vido (2018)
En 2018, el TOF 4 condenó a De Vido a cinco años y ocho meses por administración fraudulenta. Lo absolvió, sin embargo, del delito de estrago culposo, es decir, la responsabilidad penal por las muertes.
El tribunal sostuvo que, aunque no tenía intervención operativa en el servicio ferroviario, el funcionario no controló el destino de fondos pese a múltiples alertas públicas sobre el deterioro del sistema.
Casación y el primer paso por la Corte
La Cámara de Casación confirmó la condena. La defensa llegó a la Corte, que trató el caso en dos etapas:
- Primero, dejó firme la absolución por estrago.
- Luego, el 1 de agosto de 2024, confirmó su responsabilidad por defraudación pero ordenó revisar la pena, al considerar excesivo que De Vido tuviera un castigo mayor al de imputados condenados tanto por administración fraudulenta como por las muertes.
Con esa orden, otro tribunal de Casación fijó una pena de cuatro años de prisión en abril de este año.
El fallo del 11 de noviembre y el cierre definitivo
Tanto la fiscalía como la defensa apelaron la nueva pena. El Ministerio Público buscaba una condena más severa; los abogados de De Vido, una reducción e incluso la prescripción. Pero el 11 de noviembre, la Corte rechazó ambos recursos bajo el artículo 280, dejando firme la sentencia.
Hoy, el máximo tribunal reafirmó esa decisión y bloqueó el último intento de la defensa de reabrir la discusión.





